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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299561
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 562
RESPONSABILIDAD CIVIL PROVENIENTE DE DELITO (APLICACION ANALOGICA DE LA LEY).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 562
Cuando una resolución se apoya en los artículos 296 y 298 de la Ley Federal del Trabajo, para resolver el problema sobre la reparación causada por responsabilidad civil, no debe establecerse que ello sea contrario a las prevenciones del artículo 14 constitucional, ni al 19 del Código Civil, si el juzgador no hizo más que aplicar analógicamente, las mencionadas disposiciones a un caso semejante, pues dichas disposiciones regulan un hecho de igual naturaleza, ya que en ambos se crea la responsabilidad en atención al riesgo creado y, por consiguiente, debe tener igual reglamento en la interpretación de la ley, que en su sentido amplio comprende, según la doctrina, la analogía que sólo es la elaboración de normas nuevas para casos no previstos, deducidos en casos afines regulados por la ley.
Precedentes
Amparo penal directo 1466/49. Ordóñez viuda de Osornio Angela. 20 de julio de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.