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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299595
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 829
ASALTO, CUERPO DEL DELITO DE (LEGISLACION DE ZACATECAS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 829
No exigiendo el artículo 233 del Código de Procedimiento Penales del Estado, que se dé fe judicial ni se emita juicio pericial respecto del lugar en que se realizaron los hechos para la comprobación del cuerpo del delito de asalto, éste puede ser acreditado con la confesión del acusado y con las declaraciones de las ofendidas.
Precedentes
Amparo penal directo 8742/49. Pérez Reveles Teodoro. 27 de julio de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.