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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299606
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 904
AUTO DE FORMAL PRISION, CONSENTIMIENTO DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 904
Del texto de la notificación que se hizo al reo del auto de formal prisión que reclama, se desprende su inconformidad con esa resolución, si aunque dijo estar conforme con ella, agregó no haber cometido el delito que se le imputa. Por lo tanto, no concurre la causa de improcedencia prevista en la fracción XI del artículo 73 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2023/50. Maqueo Carrasco David. 28 de julio de 1950. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Fernando de la Fuente. Relator: Luis G. Corona.