Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/299626
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299626
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 976
OFENDIDO, REVISION PEDIDA POR EL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 976
Siendo parte el ofendido en el juicio de amparo, en los términos del artículo 5o., fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo, cuando el acto judicial del orden penal que reclama afecta su derecho a la reparación del daño o a exigir la responsabilidad civil proveniente de la comisión de un delito, en su caso, carece de justificación el auto del inferior, que, con fundamento en el artículo 10 de la Ley de Amparo, desecha de plano la demanda y debe revocarse para que se admita y tramite con arreglo a derecho.
Precedentes
Queja en materia penal 288/50. Landa y Cuevas Alfonso. 29 de julio de 1950. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis G. Corona. Disidente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo CI, página 647, tesis de rubro "OFENDIDO, AMPARO PEDIDO POE EL, CONTRA LA REVOCACION DEL AUTO DE FORMAL PRISION (TERCER PERJUDICADO EN AMPARO PENAL).".