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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299632
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1004
ORDEN DE APREHENSION, EXISTENCIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1004
Resulta inexistente el acto que de las autoridades administrativas responsables se reclama y que se hace consistir en la orden de aprehensión que el quejoso dice que las mismas dictaron en su contra, si dichas autoridades, en sus informes, se limitaron a indicar ser verdad que procuraban la captura de dicho quejoso, en virtud de contar para ello con orden de autoridad judicial competente. De consiguiente, cabe decretar también el sobreseimiento en lo que concierne a las autoridades mencionadas.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3402/50. Zorrilla Rodríguez Juan. 31 de julio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.