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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299644
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1374
APELACION (LEGISLACION MILITAR).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1374
Los fallos que los Jueces Militares pronuncien con base en los veredictos de los consejos de guerra, y que sean revisados por el Tribunal Militar, por el recurso que hagan valer las partes interesadas, constituye una garantía para las mismas, toda vez que el Tribunal Militar como superior jerárquico, y con propia jurisdicción, puede enmendar o corregir los vicios de que adolezcan los fallos del inferior.
Precedentes
Amparo penal directo 7748/47. García Moncada José. 12 de agosto de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.