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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299649
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1382
APELACION EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1382
El tribunal de apelación se sustituye, por virtud del recurso, en la jurisdicción del inferior, para apreciar los hechos dentro de los límites marcados por la expresión de agravios, y la circunstancia de que considere existente una irregularidad de índole formal y la subsane, no implica que esta sola actividad debe traducirse, forzosamente, en la reducción de la pena asignada, misma que puede reiterar en sustitución del Juez de la causa.
Precedentes
Amparo penal directo 3961/50. Hernández Caballero Carlos. 14 de agosto de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.