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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299661
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1451
ALEVOSIA, CALIFICATIVA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1451
La alevosía es incuestionable, si los coacusados se apostaron frente a la tienda del occiso y permanecieron ocultos bajo las sombras de la noche y en acecho del momento propicio en que nadie pasara ni los viera y de que la víctima estuviera de espaldas para dispararle, recomendando el quejoso a su coacusado, que tuviera cuidado de no pegarle a otra persona sino precisamente a la víctima, que en esos momentos se dedicaba a arreglar su establecimiento.
Precedentes
Amparo penal directo 4284/48. Moreno García Román. 16 de agosto de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.