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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299682
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1580
SECUESTRO, DELITO DE (LEGISLACION DE QUERETARO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1580
No aparece comprobado ninguno de los elementos que constituyen el motivo del secuestro, si de ninguna de las declaraciones rendidas en la averiguación, se llega a concluir que el quejoso haya secuestrado al ofendido para satisfacer alguna de las exigencias señaladas en el artículo 336 del Código Penal del Estado.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1381/50. Muñoz Leonardo. 18 de agosto de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.