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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299689
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1643
DROGAS ENERVANTES, TRAFICO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1643
De acuerdo con el texto de los artículos 524, 525 y 526 del Código Federal de Procedimientos Penales, no basta con que en una averiguación falten pruebas de que el inculpado que poseía una droga enervante tenía el propósito de traficar con ella, para que deba presumirse que la poseía con la finalidad de destinarla a su propio consumo, si concurre además la circunstancia de que el poseedor es adicto al uso de dicha droga, pues para la aplicabilidad de los invocados preceptos, se requiere la comprobación precisa de que el acto de posesión, obedecía al propósito determinado de ser consumida por su poseedor.
Precedentes
Amparo penal directo 6754/47. Ortiz Chávez Manuel. 21 de agosto de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.