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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299707
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1708
PLAGIO, DELITO DE (LEGISLACION DE COLIMA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1708
No siendo idénticos los bienes tutelados por el delito de robo y por el de plagio, tiene el participio activo diverso significado, y considerando el tipo de la fracción V del artículo 330 del Código Penal aplicable, hechos materiales iguales a los de figuras precedentes que protegen la libertad individual física, pudiendo ser ésta lesionada, como ahí se indica, tanto con el apoderamiento como con la retención, el robo de infante admite la toma del menor, con desplazamiento especial, y la conservación del sujeto pasivo en el mismo ambiente, pero sin el desenvolvimiento de su libertad; y, en esa virtud, quien retiene a un menor, antijurídicamente consuma el delito.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5635/49. Gutiérrez Alvarez Rafael. 23 de agosto de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.