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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299711
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1727
ABANDONO DE PERSONAS, DELITO DE (LEGISLACION DE OAXACA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1727
Los elementos del delito previsto por el artículo 321 de la ley represiva del Estado, se llenaron, porque habiéndose consumado el delito meses antes de la solicitud judicial del quejoso, hecha a su esposa, para que volviera al domicilio conyugal, no tiene la potestad jurídica esa petición, de destruir la existencia del delito.
Precedentes
Amparo penal en revisión 378/49. González Ricardo. 23 de agosto de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.