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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299727
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1848
ACTOS FUTUROS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1848
Contra el acto que hace consistir el quejoso en el temor positivo e inminente de que, en caso de ejecutarse su detención, se le prive de la vida o se le dé tormento en el interior de la prisión, no procede la suspensión definitiva, si se trata de un acto futuro o improbable, contra el cual, según la jurisprudencia de esta Sala no procede aquélla.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 5237/50. Hernández González Alfredo. 26 de agosto de 1950. Mayoría de tres votos. Disidentes: Luis G. Corona y José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.