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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299749
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2176
TESTIGOS EN EL PROCESO PENAL (PARIENTES DEL OFENDIDO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2176
Las declaraciones de los parientes del ofendido no adolecen de inhabilidad, por cuanto a que un sentimiento natural los impulsa a señalar como responsable al autor del crimen a fin de obtener el castigo, y no a un inocente, a menos que se demuestre la existencia de alguna causa extraña que determine una conducta diferente.
Precedentes
Amparo penal directo 341/49. García Aguirre Salvador. 7 de septiembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.