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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299762
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2238
CHEQUES GIRADOS SIN FONDOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2238
No aparece demostrado el enriquecimiento ilegítimo o el lucro indebido por parte del acusado, en relación a los cheques de que se trata, si el beneficiario celebró con el acusado un convenio judicial, mediante el cual se sustituyó ese adeudo y otros varios contenidos en diversos documentos de crédito, por el convenio a que se hace referencia, y cualquier actividad delictuosa atribuida al acusado, tendría que fundarse en el convenio y ya no en los cheques, que fueron sustituidos por aquél.
Precedentes
Amparo penal directo 5047/49. Roka Kram Olasker Roberto. 8 de septiembre de 1950. Mayoría de tres votos. Disidentes: Luis G. Corona y José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.