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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299774
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2509
PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2509
Si la temibilidad del quejoso es máxima, puesto que carece en absoluto de principios morales, y es indudable que la sociedad se sentiría justamente alarmada con la presencia de un individuo de esa categoría, la responsable no violó las garantías del quejoso al imponerle la pena máxima imponible.
Precedentes
Amparo penal directo 447/49. Palma Arrazola Humberto. 25 de septiembre de 1950. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis G. Corona.