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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299802
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2580
CLASIFICACION DEL DELITO, NO PUEDE CAMBIARSE EN EL AMPARO, CONTRA EL AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2580
La autoridad federal carece de facultades, dentro del juicio de amparo, para cambiar la clasificación del delito, y habiéndose pronunciado el auto combatido por un tipo inconsumado por el quejoso, se violaron en su perjuicio las garantías de los artículos 14, 16 y 19 constitucionales.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4391/50. Pérez Ruiz Pablo. 28 de septiembre de 1950. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.