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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299821
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2806
AMPARO PENAL, EFECTOS DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2806
No es dable rectificar, a través del amparo, el error del tribunal responsable, si ello sería darle efectos peyorativos en contra del quejoso, efectos de agravación vedados legalmente en esta vía.
Precedentes
Amparo penal directo 3570/48. Alcalá Zambrano Ignacio. 24 de febrero de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XCVIII, página 1823, tesis de rubro "AMPARO EN MATERIA PENAL, EFECTOS DE.".