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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299840
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 84
REPARACION DEL DAÑO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 84
Siendo la reparación del daño una pena pública, su imposición es atribución propia y exclusiva de la autoridad judicial, quien debe decretar todas las penas establecidas en la ley, para la responsabilidad de los acusados.
Precedentes
Amparo penal directo 7188/48. García Villalobos Julio. 12 de abril de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.