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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299874
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 339
AUTO DE FORMAL PRISION Y AUTO DE SUJECION A PROCESO (EXISTENCIA DEL ACTO RECLAMADO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 339
Si el quejoso, en su demanda, señala como acto reclamado el auto de formal prisión que le ha sido dictado por cierto delito, y de las constancias remitidas por la responsable, en apoyo de su informe, aparece que no le fue dictado auto de formal prisión por el citado delito, sino el de sujeción a proceso, resulta clara la inexistencia de aquel acto, lo que hace procedente el sobreseimiento en el juicio, de acuerdo con lo dispuesto por la fracción IV, del artículo 74, de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo penal en revisión 10197/49. Báez Marciano. 17 de abril de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.