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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299902
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 560
CONTROVERSIA CIVIL, SENTENCIAS PENALES EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 560
Suscitándose una controversia civil sobre el pago de una suma, la jurisdicción represiva, constitucionalmente, no puede motivar una condena, mientras la autoridad civil no resuelva si hubo perjuicio verdadero para el acusador.
Precedentes
Amparo penal directo 8072/49. Klevesas Zusmanos. 20 de abril de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.