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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299930
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 677
FRAUDE, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 677
Los elementos materiales del delito de fraude son los siguientes: A) Engaño de una persona o aprovechamiento del error en que la misma se halle. B) Que por cualquiera de esos medios, se obtenga ilícitamente alguna cosa o se alcance un lucro indebido. Además, de acuerdo con la doctrina, entre los dos elementos indicados debe existir una relación causal inmediata y directa, de suerte que el engaño o el aprovechamiento del error debe ser previo a la obtención ilícita de la cosa o al alcance del lucro indebido y, al mismo tiempo, la causa determinante de una o de otro.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6260/49. Barquín Díaz Gonzalo. 21 de abril de 1950. Mayoría de tres votos. Ausente: Fernando de la Fuente. Disidente: José Rebolledo. Relator: Luis G. Corona.