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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299941
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 775
LIBERTAD PERSONAL, SUSPENSION DE SU RESTRICCION (MEDIDAS DE ASEGURAMIENTO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 775
De conformidad con el artículo 136 de la Ley de Amparo, que sirve de base al Juez de Distrito para conceder al quejoso la libertad bajo fianza, aquél está facultado discrecionalmente para tomar las medidas de aseguramiento que considere necesarias cuando concede la suspensión definitiva del acto que afecta la libertad personal del quejoso.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 1575/39. Tapia Vicente. 22 de abril de 1950. Mayoría de tres votos. Ausente: José Rebolledo. Disidente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.