Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/299980
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299980
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 986
ABUSO DE CONFIANZA, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 986
No puede afirmarse, respecto del quejoso, que se hayan comprobado los elementos del delito de abuso de confianza, si no consta que haya dispuesto para sí, o para otra persona, de dinero, del cual se le haya transferido la tenencia y no el dominio, a pesar del hecho de entregar a su coacusado las cantidades cobradas, correspondientes a las facturas, que a su vez, le entregaba al propio acusado, si tales entregas las hacía por que éste tenía ante él la condición de jefe inmediato en la negociación ofendida, sin que al hacerlo fuese con el ánimo de disponer, ya no digamos para sí, sino tampoco para dicho coacusado, de las cantidades cobradas, puesto que sabía que ésta persona era jefe de la oficina de la negociación, entre otras cosas, porque de él recibía facturas y órdenes para los cobros.
Precedentes
Amparo penal en revisión 966/50. Zamudio Rodríguez Antonio. 28 de abril de 1950. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis G. Corona. Disidente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.