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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299995
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1126
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1126
Si debido a la agresión violenta y sin derecho de que fue parte el quejoso, por el hoy occiso, que lo puso en la disyuntiva de matar para no ser muerto, se vió en la necesidad de repeler esa agresión inmotivada sacando su arma e infiriéndole diversas lesiones a quien lo atacaba, en estas circunstancias, es ostensible que tales datos arrojados por la averiguación previa, no fueron bastantes para acreditar la probable responsabilidad del quejoso, en la comisión del delito de homicidio de que se trata, por lo cual resulta que el auto de formal prisión reclamado, que estimó lo contrario, es violatorio del artículo 19 constitucional.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2418/49. Vázquez Montes Samuel. 3 de mayo de 1950. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis G. Corona.