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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300013
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1331
SITUACION JURIDICA DEL REO, CAMBIO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1331
El sobreseimiento dictado con apoyo en lo dispuesto por la fracción X del artículo 73 de la Ley de Amparo, en relación con la fracción III del artículo 74 de la propia ley, se encuentra ajustado a derecho, si, reclamando el quejoso la orden de aprehensión librada en su contra, ha informado la autoridad responsable haber decretado en su contra auto de formal prisión; sin que obste, en contrario, la circunstancia de que el sobreseimiento de que se trata, deje insubsistente la libertad caucional que le fue otorgada en el incidente respectivo por el Juez del amparo, porque la privación de su libertad ya no obedece a la situación jurídica inicialmente contemplada para la procedencia de ese beneficio, sino a la que ha surgido con posterioridad, a virtud del auto de formal prisión.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto de sobreseimiento 1221/50. Regalado José. 6 de mayo de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.