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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300032
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1498
TESTIGOS EN EL PROCESO PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1498
Las objeciones que puedan hacerse a los testigos, tachándolos de parciales, por ligas de parentesco y servidumbre que los unan con el ofendido, resultan inconsistentes cuando, dado el lugar de la comisión de los hechos, dichas personas fueron presenciales de los mismos y, consecuentemente, las mejor capacitadas para relatarlos.
Precedentes
Amparo penal directo 4960/48. Robles Guadalupe. 2 de junio de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.