Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/300051
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300051
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1530
MINISTERIO PUBLICO EN EL AMPARO, PEDIMENTOS CONTRADICTORIOS DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1530
La petición del Ministerio Público, que interviene en la revisión, cuando es adversa al pedimento condenatorio, hecho por el agente adscrito al Juzgado de Distrito, no implica jurídicamente un desistimiento del recurso interpuesto por el agente últimamente citado, siendo de notarse que, al llenar funciones distintas, las posiciones diversas en que se colocan los dos agentes no rompen con la unidad de la institución, pues la unidad del cuerpo debe entenderse en relación con la unidad de la función, y ésta no se conforma en estos casos.
Precedentes
Amparo penal en revisión 10021/49. González Abelardo, Jr. 2 de junio de 1950. Mayoría de tres votos. Disidentes: José Rebolledo y Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.