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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300088
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1626
CONFESION DEL REO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1626
No habiéndose demostrado que el reo actuara dentro de los términos de la circunstancia excluyente de responsabilidad prevista en la fracción II del artículo 15 del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales, indudablemente que constituye un indicio de cargo el hecho de que haya dicho en su preparatoria que no recordaba los sucesos, y que en el careo con el ofendido, agregara que podía ser cierto lo que éste había declarado, pero que el nada recordaba.
Precedentes
Amparo penal directo 6154/48. Guerra Fitzmaurice José María. 8 de junio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.