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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300091
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1630
LIBERTAD CON LAS RESERVAS LEGALES, SU CONCESION NO SIGNIFICA QUE NO EXISTE DELITO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1630
No porque uno de los inculpados en un proceso sea puesto en libertad con las reservas legales, debe tenerse por inexistente el delito materia de ese proceso, puesto que bien puede estar plenamente demostrada la existencia de ese delito y no existir, dentro de las setenta y dos horas siguientes a la consignación de uno de los inculpados, datos suficientes que hagan presumir su responsabilidad.
Precedentes
Amparo penal en revisión 9530/49. Heredia de Peimbert Manuela. 8 de junio de 1950. Mayoría de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.