Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/300106
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300106
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1730
COHECHO, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1730
El cuerpo del delito de cohecho no quedó comprobado si sólo existe el dicho del policía que afirma que, al detener al reo, éste le entregó cierta cantidad en billetes de banco pidiéndole que lo dejara en libertad, pues esta declaración no es ni siquiera la de un testigo que pudiera producir presunción, al tenor del artículo 260, fracción I, último parte, de la ley adjetiva penal, sino un protagonista en el delito incriminado.
Precedentes
Amparo penal directo 1424/49. González de la Cruz Teófilo. 9 de junio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.