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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300116
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1847
ENCUBRIMIENTO, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1847
Habiéndose perpetrado varios robos de objetos de ropa, que se encontraron en el domicilio del acusado, quien manifestó que había comprado la ropa. pero no exhibió ningún documento que acreditara la venta de buena fe; y obrando a este respecto el dicho de un tercero que vendió ropa a dicho acusado y que no pudo comprobar que los objetos vendidos fueran de procedencia legal, constando por el dicho del propio tercero, que al venderle la ropa al acusado, le advirtió que él la había comprado a otros individuos, no apareciendo factura alguna que acredite la buena fe de esa operación, es indudable que se surten los requisitos que el artículo 400, fracción II, del Código Penal, requiere para la existencia del delito de encubrimiento.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4477/49. Ruiz Monteverde Felizardo. 12 de junio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. Ponente: Luis G. Corona.