Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/300121
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300121
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1975
DAÑO EN PROPIEDAD AJENA (QUERELLA NECESARIA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1975
Si los hechos imputados al quejoso, constituyen el delito de daño en propiedad ajena, ilicitud penal que se persigue de oficio, no tiene aplicación el artículo 62 del Código Penal, que se refiere al delito imprudencial que causa un daño en propiedad ajena, si la intención del agente activo del delito es de tal manera evidente, que no existe la necesidad de presentar la querella de parte.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3607/48. Aguilar Rafael. 16 de junio de 1950. Mayoría de tres votos. Ausente: Fernando de la Fuente. Disidente: Luis G. Corona Redondo. La publicación no menciona el nombre del ponente.