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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300152
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 2144
MIEDO GRAVE COMO EXCLUYENTE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 2144
Sólo puede considerarse procedente la excluyente relativa al miedo grave o temor fundado e irresistible de un mal inminente y grave de la persona del contraventor, cuando se demuestra que el infractor procedió poseído de ese estado psicológico de inhibición que tipifique el miedo o temor en un individuo, del tal manera que esto le impide todo conocimiento acerca de la ilicitud de su conducta.
Precedentes
Amparo penal directo 8669/49. Javier Días Cornejo. 22 de junio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.