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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300153
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 2144
LEGITIMA DEFENSA, EXCESO EN LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 2144
Es obvio que, en ausencia de la eximente de legítima defensa, tampoco puede existir exceso que deba sancionarse como imprudencia.
Precedentes
Amparo penal directo 8669/49. Javier Días Cornejo. 22 de junio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.