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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300211
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 150
COMPETENCIA EN AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 150
Si algunas de las autoridades responsables, niegan los actos que se les atribuyen, sin que tal negativa haya sido desvirtuada en forma alguna por el quejoso, y respecto de otras autoridades, tales actos se presumen por falta de informe, debe declararse competente el Juez de Distrito de la jurisdicción de éstas últimas.
Precedentes
Tomo CIII, página 3326. Indice Alfabético. Competencia 104/49. Suscitada entre los Jueces Segundo de Distrito del Distrito Federal en Materia Penal y Primero de Distrito en el Estado de Puebla. 7 de enero de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo CIII, página 3326. Indice Alfabético. Competencia 97/49. Suscitada entre los Jueces Primero de Distrito en el Estado de Puebla y Segundo de Distrito en el Distrito Federal en Materia Penal. 7 de enero de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo CIII, página 150. Competencia 86/49. Suscitada entre los Jueces, Segundo de Distrito en Materia Penal, en el Distrito Federal, y Primero de Distrito en el Estado de Puebla. 7 de enero de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo CIII, página 3326. Indice Alfabético. Competencia 67/49. Suscitada entre los Jueces Segundo de Distrito del Distrito Federal en Materia Penal y Primero de Distrito en el Estado de Puebla. 7 de enero de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.