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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300217
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 219
ABUSO DE CONFIANZA, DELITO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE MORELOS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 219
La definición genérica del delito de abuso de confianza que da el artículo 382 del Código Penal del estado, diverge de la que del propio delito da el artículo 385, y no pueden coexistir esas dos figuras delictivas en que se funda la formal prisión del reo, dado que el abuso de confianza, bien en su forma genérica o en la específica, se constituye por elementos diversos y, si se trata de un mismo hecho que se estima lesivo de un solo interés jurídico, ello determina la exclusión forzosa de uno u otro de esos delitos.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7914/49. Sheinfarber Salomón. 9 de enero de 1950. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.