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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300269
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 855
OBJETO DEL DELITO, DEVOLUCION DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 855
Es el juez que conoce de la causa quien, al dictar la sentencia definitiva, tendrá que resolver sobre la suerte que haya de correr el arma de fuego consignada como instrumento del delito, que reclama el quejoso, propietario de la misma y extraño al proceso penal; por consiguiente, debe negársele el amparo contra la resolución interlocutoria del juez mencionado, por la que se negó a devolvérsela.
Precedentes
Amparo penal en revisión 8894/47. Guzmán Arnulfo. 26 de enero de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.