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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300272
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 878
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 878
No se acreditó que el heridor hubiera sido agredido por el hoy occiso, de una manera actual, violenta y sin derecho, y de la que le resultara un peligro inminente y que, por tanto, en defensa de su persona la hubiera repelido, si cuando lo lesionó, la contienda de obra que hubo entre ellos había concluido y no corría peligro su vida, máxime si el ofendido no se hallaba armado y, por tanto, al percatarse de que era objeto de agresión por parte suya, el reo pudo evitar la continuación de ese ataque, con retirarse tan solo del lugar de los acontecimientos.
Precedentes
Amparo penal directo 3540/48. Rodríguez Loera Fidencio. 27 de enero de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.