Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/300294
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300294
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 1244
AUTO DE FORMAL PRISION, PRUEBAS POSTERIORES AL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 1244
Si posteriormente al auto de formal prisión se aportaron pruebas de la inculpabilidad del reo, que deberán ser legalmente apreciadas, ello no puede examinarse en un juicio de amparo que tan solo examina el auto de formal prisión impugnado de inconstitucionalidad, por no ajustarse al artículo 19 de la Constitución, sino dentro del juicio mismo y mediante requisitos procesales establecidos en la ley.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1870/48. Silva Pedro. 2 de febrero de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.