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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300354
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 1920
OFENDIDO, AMPARO PEDIDO POR EL, CONTRA EL AUTO DE LIBERTAD POR FALTA DE MERITOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 1920
El ofendido o las personas que conforme a la ley tengan derecho a la reparación del daño o a exigir la responsabilidad civil proveniente de la comisión del delito, pueden promover el juicio de amparo; por consiguiente, teniendo en cuenta la resolución del Tribunal Superior que confirmó el auto de libertad del acusado, por falta de méritos, tiene relación inmediata y directa con el derecho que el ofendido tiene a la reparación de los daños que le causó el acusado, es fundada la resolución del Juez de Distrito que admitió la demanda, que dicho ofendido interpuso contra la resolución citada.
Precedentes
Queja en amparo penal 545/49. Vázquez Prado Basilio. 25 de febrero de 1950. Mayoría de tres votos. Ausente: José Rebolledo. Disidente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.