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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300410
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2306
LIBERTAD CAUCIONAL EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2306
Si el término medio del delito que se le imputa al quejoso, excede de cinco años, es manifiestamente improcedente la libertad caucional solicitada en el amparo, de acuerdo con lo que dispone la fracción I del artículo 20 constitucional.
Precedentes
Queja en amparo penal 40/50. Cervantes Alfonso. 11 de marzo de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.