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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300414
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2312
ATENUANTES, DUDA SOBRE LA EXISTENCIA DE (LEGISLACION DE JALISCO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2312
Según el principio que informa el artículo 328 del código del Estado, si había surgido la duda sobre modalidades del hecho, que debieron atenuar la pena, pudo estarse a lo mas favorable para el reo, duda que, desde luego se refería no a la responsabilidad del acusado, sino a la concurrencia de las atenuantes. y si no se procedió de esa manera, es debido conceder el amparo para los efectos de que vuelvan los autos al juzgado de su origen, y aplicando el principio de estar a lo mas favorable al reo, en cuanto a las circunstancias atenuantes, se dicte nueva sentencia.
Precedentes
Amparo penal directo 1628/49. Maldonado Arana José. 13 de marzo de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.