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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300416
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2314
AUTO DE FORMAL PRISION, REQUISITOS DE FONDO Y FORMA DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2314
El artículo 19 constitucional señala como elementos de forma, que deberán expresarse en el auto de formal prisión: a), el delito que se imputa al acusado y sus elementos constitutivos; b) las circunstancias de ejecución, de tiempo, y de lugar, y c) los datos que arroje la averiguación previa; y como requisitos de fondo, que los datos sean suficientes para comprobar el cuerpo del delito y hace probable la responsabilidad del inculpado.
Precedentes
Amparo penal directo 3900/46. González Rafael. 13 de marzo de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.