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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300436
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2455
LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2455
Nada concurre a configurar la causa de justificación de legítima defensa, si de la confesión del propio quejoso resulta que el móvil del disparo fueron los golpes y las injurias que le dirigió el occiso, por que tal circunstancia no ameritaba que lo privara de la vida, dado que no es exacto que repeliera un ataque actual, violento y sin derecho, ya que los golpes que con la mano le tiraba su agresor, no comprometían en modo alguno su existencia. Por tanto, la clasificación que del delito hizo la responsable, considerándolo como homicidio en riña por el provocado, no implica violación alguna de ley, en agravio del quejoso.
Precedentes
Amparo penal directo 6255/47. Treviño Caballero Victoriano. 16 de marzo de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.