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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300468
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2714
VAGANCIA Y MALVIVENCIA, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2714
Si en autos no aparece probado que el hoy quejoso tenga un modo honesto de vivir, y sí, por lo contrario, con la hoja de antecedentes policiacos del mismo, y con la reseña individual que obra en el proceso, se justifica que tiene malos antecedentes comprobados (que él mismo admite, pues confesó haber estado preso en la penitenciaría varias veces, todas a virtud de haber cometido delitos de robo), resulta evidente que la sentencia que lo consideró como vago y malviviente, no es violatoria de garantías.
Precedentes
Amparo penal directo 10148/49. Cedillo Velázquez José. 22 de marzo de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.