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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300470
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2719
ACTO RECLAMADO, EXISTENCIA DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2719
Surge evidente la causa de sobreseimiento que contempla la fracción IV, del artículo 74 de la Ley de Amparo, por no existir el acto reclamado, si de su informe justificado se desprende que la autoridad que se estimó ordenadora es simplemente ejecutora de las órdenes dictadas por otra autoridad que no fue de quien se reclamaron las órdenes cuestionadas.
Precedentes
Amparo penal en revisión 9888/49. Hernández Valles José. 23 de marzo de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.