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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300485
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2794
IMPRUDENCIA, DELITO DE (EMBRIAGUEZ).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2794
Es de todo punto indebida la estimación del quejoso de que por el solo hecho de haber estado ebrio, deba considerarse que el homicidio lo cometió por imprudencia, pues ninguna disposición legal autoriza ésta pretensión.
Precedentes
Amparo penal directo 7605/48. Aguila Eleuterio. 24 de marzo de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.