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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300499
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2826
SITUACION JURIDICA DEL REO, CAMBIO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2826
Es exactamente aplicable al caso la fracción X del artículo 73, de la Ley de Amparo, si se operó un cambio de situación jurídica por virtud de haberse dictado auto de formal prisión en contra del quejoso y, por lo tanto, las posibles violaciones de garantías que pudiera haber ocasionado a dicho quejoso la orden de aprehensión reclamada, deben considerarse consumadas irreparablemente, por no poderse decidir sobre ellas en este amparo sin afectar la nueva situación jurídica creada por el auto de formal prisión; y en cambio, la fracción XVI de dicho artículo, se aplica a todos aquellos casos en los que cesan los efectos del acto reclamado por alguna causa distinta de la del cambio de situación jurídica, habido en el procedimiento judicial, ya que de otra manera, el legislador habría incurrido en una redundancia, lo cual es inadmisible.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto de sobreseimiento 619/48. Guerrero Barbosa José. 24 de marzo de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.