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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 300525
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 3065
AUTO DE FORMAL PRISION (TESTIGO MENOR DE EDAD).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 3065
Si el testigo de cargo, menor de edad, tuvo perfecto conocimiento de los hechos a que su declaración se refiere; declara de ciencia cierta y, por su edad, esta en condiciones de apreciar los hechos contenidos en su declaración; estando, además, comprobado el cuerpo del delito, tales circunstancias son bastantes para que pueda dictarse en contra del acusado el auto de formal prisión.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6018/49. Miranda Bello Juan y coagraviado. 30 de marzo de 1950. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.